Lo que informa el organismo
1) No resulta jurídicamente procedente que el socio XXX XXXXXX XXXXXX XXXXXX XXXXX mantenga una relación laboral bajo vínculo de subordinación y dependencia con la empresa Sociedad de Servicios Médicos Peñaloza y Acevedo Ltda., por las razones expuestas en el presente informe. 2) No existe impedimento jurídico para que la socia XXXX XXXXXX XXXXX XXXXX XXXX sea trabajadora bajo vínculo de subordinación y dependencia de la empresa Sociedad de Servicios Médicos Peñaloza y Aceved
Emitido por: Dirección del Trabajo
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Muchas resoluciones regulan convenios o accesos de instituciones y no exigen acciones a las empresas.
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