Lo que informa el organismo
El valor de cada hora comprendida entre el límite semanal vigente y las cincuenta y seis horas de la jornada de la gente de mar se determina dividiendo el sueldo mensual por 30, multiplicando el resultado por 28, dividiendo el producto por 224 y aumentando el valor obtenido en un cincuenta por ciento, esto es, multiplicándolo por 1,5. Dicho factor expresa el valor total de cada una de esas horas, comprensivo de la hora ordinaria y del recargo legal. A contar del 26.04.2026 el
Emitido por: Dirección del Trabajo
Qué significa para tu empresa · Remuneraciones y cotizaciones
Tratan sueldos, gratificaciones, ingreso mínimo, cotizaciones y otros pagos al trabajador.
- Revisa si cambia algún monto mínimo o tope.
- Actualiza contratos y liquidaciones.
Cuando sube el ingreso mínimo, también cambian la gratificación legal tope y los sueldos base que estaban en el mínimo.
Qué significa para tu empresa · Jornada y descansos
Se refieren a jornada, horas extra, descansos, turnos o vacaciones.
- Revisa contratos y sistemas de turnos.
- Recalcula el valor hora si cambia la jornada.
Si la jornada baja de 44 a 42 horas sin cambiar el sueldo, el valor de la hora ordinaria sube y con ella el pago de horas extra.
Este resumen es una explicación de apoyo y no reemplaza el texto oficial ni una asesoría para tu caso. Ir a la fuente oficial ↗