Lo que informa el organismo
En términos generales, no corresponde la modificación unilateral de las estipulaciones contractuales pactadas ya sea expresa o tácitamente, puesto que el contenido del contrato de trabajo, en las materias que el legislador permite pactar, es modificable únicamente mediante el mutuo acuerdo de las partes. Resulta jurídicamente improcedente que este Servicio emita un pronunciamiento en los términos requeridos, por cuanto para ello sería necesario efectuar un análisis de su situ
Emitido por: Dirección del Trabajo
Qué significa para tu empresa
Es una publicación de carácter general o administrativo.
- Lee el documento oficial para ver si aplica a tu empresa.
Muchas resoluciones regulan convenios o accesos de instituciones y no exigen acciones a las empresas.
Este resumen es una explicación de apoyo y no reemplaza el texto oficial ni una asesoría para tu caso. Ir a la fuente oficial ↗