Lo que informa el organismo
De acuerdo con lo establecido en el numeral primero del artículo 152 quáter O ter del Código del Trabajo, si la respuesta del empleador consiste en un rechazo de la propuesta de la persona trabajadora y este no cumple la condición de acreditar, de forma justificada, que la naturaleza de sus funciones no permite la modalidad de trabajo a distancia o teletrabajo se configura un incumplimiento del deber del empleador de ofrecer dicha modalidad al beneficiario/a, susceptible de v
Emitido por: Dirección del Trabajo
Qué significa para tu empresa
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Muchas resoluciones regulan convenios o accesos de instituciones y no exigen acciones a las empresas.
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