Lo que informa el organismo
1. Los empleadores oferentes de trabajo se encuentran habilitados para calificar cuáles son los elementos o las destrezas que componen la aptitud o idoneidad personal para cada puesto de trabajo, no obstante, dicha determinación no debe ser arbitraria, sino que deben emplearse criterios legítimos y ajustados a la Constitución y la ley, dentro de los cuales no podrían considerarse parámetros de selección ajenos a los establecidos en la Ley Nº21.659 de 21.03.2024 sobre Segurida
Emitido por: Dirección del Trabajo
Qué significa para tu empresa
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Muchas resoluciones regulan convenios o accesos de instituciones y no exigen acciones a las empresas.
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