Lo que informa el organismo
Se autoriza el pago del bono compensatorio del beneficio de sala cuna, mientras no se haga uso de ese derecho por medio de una de las alternativas previstas en el artículo 203 del Código del Trabajo y se mantengan las condiciones descritas en el presente informe, esto es, ausencia de sala cuna particular autorizada que ofrezca el servicio de sala cuna en la comuna de Puerto Natales.
Emitido por: Dirección del Trabajo
Qué significa para tu empresa
Es una publicación de carácter general o administrativo.
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Muchas resoluciones regulan convenios o accesos de instituciones y no exigen acciones a las empresas.
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