Resumen explicado por KUNKA

ORD.N°49

Publicado el miércoles 21 de enero de 2026

Lo que informa el organismo

1. El empleador no se encuentra obligado a pagar remuneraciones a los profesionales de la educación y asistentes de la educación por el tiempo no trabajado debido a una paralización de actividades, lo anterior, sin perjuicio de lo que las partes pudieren haber convenido sobre esta materia. 2. La eventual contratación de personal, esto es, de docentes y asistentes de la educación, por parte del Administrador Provisional no altera el estatuto que rige a los profesionales de la

Emitido por: Dirección del Trabajo

Qué significa para tu empresa · Remuneraciones y cotizaciones

Tratan sueldos, gratificaciones, ingreso mínimo, cotizaciones y otros pagos al trabajador.

  • Revisa si cambia algún monto mínimo o tope.
  • Actualiza contratos y liquidaciones.
Ejemplo

Cuando sube el ingreso mínimo, también cambian la gratificación legal tope y los sueldos base que estaban en el mínimo.

Este resumen es una explicación de apoyo y no reemplaza el texto oficial ni una asesoría para tu caso. Ir a la fuente oficial ↗

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