Lo que informa el organismo
1. El empleador no se encuentra obligado a pagar remuneraciones a los profesionales de la educación y asistentes de la educación por el tiempo no trabajado debido a una paralización de actividades, lo anterior, sin perjuicio de lo que las partes pudieren haber convenido sobre esta materia. 2. La eventual contratación de personal, esto es, de docentes y asistentes de la educación, por parte del Administrador Provisional no altera el estatuto que rige a los profesionales de la
Emitido por: Dirección del Trabajo
Qué significa para tu empresa · Remuneraciones y cotizaciones
Tratan sueldos, gratificaciones, ingreso mínimo, cotizaciones y otros pagos al trabajador.
- Revisa si cambia algún monto mínimo o tope.
- Actualiza contratos y liquidaciones.
Cuando sube el ingreso mínimo, también cambian la gratificación legal tope y los sueldos base que estaban en el mínimo.
Este resumen es una explicación de apoyo y no reemplaza el texto oficial ni una asesoría para tu caso. Ir a la fuente oficial ↗