Lo que informa el organismo
No habiendo estipulado las partes de pacto de extensión total o parcial de beneficios acorde a lo dispuesto por el artículo 322 del Código del Trabajo, no resultará jurídicamente procedente que el empleador de manera unilateral proceda a otorgarlos a trabajadores no sindicalizados, resultando irrelevante que dicha acción comprenda alguno o todos los beneficios del instrumento colectivo.
Emitido por: Dirección del Trabajo
Qué significa para tu empresa · Sindicatos y negociación
Tratan sindicatos, negociación colectiva, huelga y convenios.
- Revisa si afecta a tu proceso de negociación.
- Respeta los plazos legales del procedimiento.
Si un dictamen precisa quiénes pueden negociar colectivamente, la empresa debe revisar a qué trabajadores alcanza el proceso.
Este resumen es una explicación de apoyo y no reemplaza el texto oficial ni una asesoría para tu caso. Ir a la fuente oficial ↗