Resumen explicado por KUNKA

ORD.N°692

Publicado el jueves 9 de octubre de 2025

Lo que informa el organismo

Respecto de aquellos trabajadores que se encuentran acogidos a la modalidad de trabajo a distancia o teletrabajo en virtud de la Ley N°21.645 de 29.12.2023, no resulta ajustado a derecho el cambio unilateral de la modalidad de prestación de servicios a distancia o mediante teletrabajo por trabajo presencial por parte del empleador, si no se les avisa previamente por escrito, con treinta días de anticipación, respecto del cambio de la modalidad de prestación de servicios y no

Emitido por: Dirección del Trabajo

Qué significa para tu empresa

Es una publicación de carácter general o administrativo.

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Ejemplo

Muchas resoluciones regulan convenios o accesos de instituciones y no exigen acciones a las empresas.

Este resumen es una explicación de apoyo y no reemplaza el texto oficial ni una asesoría para tu caso. Ir a la fuente oficial ↗

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