Resumen explicado por KUNKA

ORD.N°265/23

Publicado el jueves 7 de mayo de 2026

Lo que informa el organismo

Se reconsidera, en lo pertinente, la doctrina administrativa contenida en los Ordinarios N°48 de 06.01.2017, N°5618 de 20.11.2017, N°198 de 01.02.2022, N°1294 de 13.10.2023 y N°250 de 15.04.2026, así como en otros pronunciamientos incompatibles con el presente dictamen. Para que un pago del empleador sea remuneración según el artículo 41 del Código del Trabajo, deben concurrir copulativamente cuatro elementos: que sea contraprestación; en dinero o especie avaluable; percibido

Emitido por: Dirección del Trabajo

Qué significa para tu empresa · Remuneraciones y cotizaciones

Tratan sueldos, gratificaciones, ingreso mínimo, cotizaciones y otros pagos al trabajador.

  • Revisa si cambia algún monto mínimo o tope.
  • Actualiza contratos y liquidaciones.
Ejemplo

Cuando sube el ingreso mínimo, también cambian la gratificación legal tope y los sueldos base que estaban en el mínimo.

Este resumen es una explicación de apoyo y no reemplaza el texto oficial ni una asesoría para tu caso. Ir a la fuente oficial ↗

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