Lo que informa el organismo
1) A los trabajadores de la Corporación Nacional Forestal que realizan labores de carácter transitorio les son aplicables las normas de la ley N°21.561 que reduce la jornada de trabajo a 40 horas, situación que no acontece respecto del personal permanente, quienes se encuentran regidos por el artículo 21 del D.L. Nº249, de 1973, del Ministerio de Hacienda, que establece una jornada ordinaria de trabajo de 44 horas semanales, distribuida de lunes a viernes. 2) A partir del 23.
Emitido por: Dirección del Trabajo
Qué significa para tu empresa · Jornada y descansos
Se refieren a jornada, horas extra, descansos, turnos o vacaciones.
- Revisa contratos y sistemas de turnos.
- Recalcula el valor hora si cambia la jornada.
Si la jornada baja de 44 a 42 horas sin cambiar el sueldo, el valor de la hora ordinaria sube y con ella el pago de horas extra.
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